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Supermercados y música en vivo: ¿quién regula el consumo y el entretenimiento?
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Supermercados y música en vivo: ¿quién regula el consumo y el entretenimiento?

Gestión26 de junio de 2026Cortesia de Gestión

Según Gestión, una resolución del Indecopi ha definido con precisión el alcance de las autoridades locales frente a actividades complementarias en establecimientos comerciales. El organismo evaluó una ordenanza municipal que prohíbe realizar shows musicales o presentaciones de DJ en restaurantes, cevicherías o pizzerías sin autorización previa. La denuncia argumentaba que dichas actividades no eran exclusivas del giro principal, por lo que la comuna estaría actuando fuera de sus competencias. La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas examinó el texto de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y concluyó que la determinación de qué actividades pueden ejecutarse simultáneamente corresponde al Ministerio de Producción, no a las municipalidades. Así, la decisión del Indecopi declaró ilegal la restricción impuesta por el gobierno local, al considerar que el ejercicio de esa facultad viola la distribución legal de poderes.

Sin embargo, el organismo resaltó que la decisión no otorga automáticamente permisos para organizar eventos musicales. Los negocios deben seguir cumpliendo con las normativas vigentes en materia de seguridad, horarios, sonido y convivencia. Esto implica que el consumo de productos en supermercados o retail, por ejemplo, puede ser favorecido con descuentos, pero no por ello se debe asumir que el entorno de entretenimiento en establecimientos es libre de restricciones. Las municipalidades aún pueden establecer límites sobre ruido, horas de funcionamiento o impacto en vecindarios, siempre que no interfieran con competencias legales de otros órganos.

Para el lector peruano, este caso resalta la necesidad de equilibrar el derecho al consumo libre con la estabilidad social en comunidades urbanas. Muchos negocios locales, desde bares hasta supermercados, buscan atraer clientes mediante actividades como música en vivo o promociones digitales. Sin embargo, cuando estas prácticas se convierten en herramientas de negocios, es clave que las autoridades no impongan barreras que, aunque aparentemente locales, afectan la competitividad y el acceso al mercado. En el contexto peruano, donde la economía informal y el comercio local son pilares clave, esta decisión del Indecopi puede servir como referente para otros municipios que buscan regular su entorno comercial sin comprometer la innovación o el dinamismo empresarial.

El hecho de que el Ministerio de Producción tenga competencia en este tema sugiere que las políticas de desarrollo económico deben ser diseñadas desde niveles superiores, no solo desde el municipio. Así, el consumidor, al elegir entre una oferta con descuentos o una experiencia de entretenimiento, puede confiar en que las regulaciones no solo protejan el orden público, sino que también permitan que los negocios evolucionen sin perder su legitimidad legal.

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