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Sunat prorroga presentación de reporte local para 2025
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Sunat prorroga presentación de reporte local para 2025

Gestión14 de junio de 2026Cortesia de Gestión

Segun Gestión, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) extendió excepcionalmente el plazo para entregar la Declaración Jurada Informativa Reporte Local – Formulario Virtual N.° 3560, vinculada al ejercicio gravable 2025. La nueva fecha límite para cumplir con esta obligación será el mes de octubre de 2026. Esta medida fue formalizada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 113-2026/SUNAT, y se fundamenta en la necesidad de adaptar el formulario a actualizaciones legislativas en el ámbito de precios de transferencia. Específicamente, se integra el cambio introducido en el numeral 7 del inciso e) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, que modifica el tratamiento de los métodos de valoración aplicables a operaciones internacionales.

El sistema informático del formulario está actualmente en proceso de actualización, incorporando nuevas funcionalidades que permiten registrar datos más precisos y alineados con las normas vigentes. Este ajuste busca garantizar que las declaraciones reflejen correctamente los ingresos y gastos de empresas que operan bajo reglas de precios de transferencia. La obligación de presentar el reporte se aplica a contribuyentes cuyos ingresos generados en el ejercicio superen las 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Estas entidades deben informar todas las operaciones que generan rentas gravadas o que permiten deducir costos y gastos en el cálculo del Impuesto a la Renta.

La prórroga afecta a aproximadamente 4,000 empresas que se encuentran dentro del ámbito de precios de transferencia. Este número representa una reducción respecto a los 4,597 contribuyentes que presentaron la misma declaración en el ejercicio 2024. Aunque el alcance no es amplio, el impacto es significativo para aquellos sectores que operan en entornos internacionales, como comercio electrónico, exportaciones o servicios de tecnología. La adaptación del formulario responde a una evolución normativa que busca mayor transparencia y precisión en la evaluación de ingresos.

Para el lector peruano, esta medida es especialmente relevante en un contexto donde el comercio digital ha crecido rápidamente. Muchas pymes y empresas nacionales han comenzado a utilizar plataformas como TikTok para ampliar su presencia. Aunque las ventas en estas plataformas no están directamente sujetas a la obligación de reporte local, su inclusión en el cálculo de ingresos totales puede derivar en implicaciones tributarias. Por ello, es clave que los contribuyentes evalúen si sus operaciones en redes sociales deben integrarse en su declaración. El caso de TikTok, por ejemplo, aunque no está explícitamente mencionado, sugiere que cualquier ingreso derivado de actividades digitales debe ser considerado dentro del marco de la declaración. Así, la prórroga no solo beneficia a empresas tradicionales, sino que también obliga a revisar cómo se estructuran sus ingresos en el nuevo entorno digital.